Residencia · Residencia y Trabajo

Autorización de Residencia Temporal y Trabajo para Investigación

Autorización de Residencia Temporal y Trabajo para Investigación

Requisitos

Los requisitos generales que deberán cumplir los solicitantes de esta autorización, cualquiera que sea su modalidad serán los siguientes:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el derecho de la Unión Europea por ser beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia.
  • No encontrarse irregularmente en territorio español.
  • Ser mayor de 18 años
  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos dos años, por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  • Contar con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
  • Que la entidad de investigación solicitante de la autorización inicial se encuentre al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Abonar la tasa correspondiente por tramitación del procedimiento.

Los solicitantes de una autorización de residencia para investigación UE, además, deberán presentar un convenio de acogida o contrato de trabajo que, sin perjuicio de los requisitos propios de la modalidad contractual correspondiente, deberá incluir los siguientes elementos:

  • El título o propósito de la actividad de investigación o el ámbito de investigación.
  • El compromiso, por parte de la persona extranjera, de tratar de completar la actividad de investigación.
  • El compromiso, por parte de la entidad de investigación, de acoger a la persona extranjera con el fin de completar la actividad de investigación.
  • La fecha inicial y final de la actividad de investigación o su duración estimada.
  • Información, en su caso, sobre la movilidad prevista en otros Estados miembros.

Las cartas de invitación aceptadas por el investigador podrán ser consideradas como convenios cuando cumplan dicho contenido mínimo.

Documentación necesaria

Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.

  • Impreso de solicitud en modelo oficial MI-T (Movilidad Internacional-Titular), debidamente cumplimentado y firmado porla empresa o entidad que requiera los servicios de la persona extranjera.
    • *Nota. Los modelos de solicitud existentes son únicamente tres:
    • Modelo de solicitud de autorización residencia titulares. Movilidad Internacional - Titular (MI- T): solicitud genérica que deberá presentar el solicitante- titular.
    • Modelo de solicitud de autorización de residencia o de estancia titulares del sector audiovisual. Movilidad Internacional – Titular Audiovisual (MI- T Audiovisual): solicitud válida únicamente para el ámbito audiovisual, la deberá presentar el solicitante- titular.
    • Modelo de solicitud de autorización de familiares. Movilidad Internacional – Familiar (MI-F): modelo genérico y único de solicitud de autorización de residencia para familiares de las clases recogidas en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (inversores, emprendedores, profesionales altamente cualificados, investigadores, trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales, trabajadores en producciones del sector audiovisual y cultural).

 

  • Documentación referida al trabajador:
    • Copia completa del pasaporte o título de viaje en vigor.
    • Certificado de antecedentes penales, original, del país o países en los que haya residido durante los últimos dos años. Adicionalmente, se presentará una declaración responsable de la inexistencia de antecedentes penales de los últimos cinco años.
    • Acreditación de recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España, lo que puede justificarse, en su caso, a través del correspondiente contrato de trabajo o de la documentación acreditativa de una relación profesional o por motivos de formación.
    • Un seguro público o privado de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España, salvo que esté desarrollando una actividad por la que tenga la condición de asegurado en el Sistema Nacional de Salud.
    • Documentación acreditativa de la cualificación profesional exigida para el ejercicio de la profesión.
    • Presentar un convenio de acogida o contrato de trabajo con la entidad, si se trata de una autorización de residencia para investigación UE.

 

  • Documentación referida a la entidad contratante o de acogida:
    • Copia del NIF de la entidad solicitante y acreditación de la relación con dicha institución de la persona que firma la solicitud, así como copia de su documento de identidad de la persona que firma la solicitud.
      • Acreditar el supuesto del artículo 72 de la Ley 14/2013 aplicable a la entidad:
      • Organismo a los que se refiere la Ley de la Ciencia (universidades públicas, organismos públicos de investigación, estatales y autonómicos; universidades y entidades privadas de acuerdo con la disposición adicional primera de esta ley, etc.).
      • Entidad empresarial o centro de I+D+i establecido en España.
      • Organismo de investigación público o privado firmante de un convenio.
      • Órgano o centro de educación superior e investigación.
      • Escuela de negocio establecida en España.
    • Copia del contrato de trabajo, convenio de acogida o carta de invitación con la firma de ambas partes:
      • Copia del contrato o del documento que vincula al investigador con la entidad, firmado por ambas partes. Si en el contrato no se indique el proyecto al que se incorpora el investigador, deberá aportarse una breve memoria explicativa sobre dicho
      • Si presenta convenio o carta de invitación para investigación, el contenido mínimo debe ser: título o propósito de la actividad de investigación o el ámbito de investigación; compromiso, por parte de la personaextranjera, de tratar de completar la actividad de investigación; compromiso, por parte de la entidad de investigación, de acoger a la persona extranjera con el fin de completar la actividad de investigación y la fecha inicial y final de la actividad de investigación o su duración estimada.
      • En el caso de los contratos para profesores, deberá incluir el área específica de la actividad docente que impartirá.
    • Justificante de haber abonado de la tasa.

Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud por un traductor jurado. 

Lista de traductores jurados.

Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina Consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.

Información sobre traducción y legalización de los documentos.

Información orientativa. En cada caso prevalece la normativa vigente en el momento de presentar la solicitud.

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