Visados

Visado de Residencia y Trabajo por Cuenta Propia

Este visado permite al titular, que debe ser mayor de 18 años, ejercer una actividad profesional por cuenta propia, es decir, que no trabajará directamente para una empresa, sino que llevará adelante un proyecto personal.

Qué incluye el servicio

  • Estudio previo de viabilidad de tu caso
  • Checklist personalizado de la documentación necesaria
  • Preparación y revisión del expediente por abogados
  • Presentación telemática y seguimiento hasta la resolución

Tras contratar, te guiamos documento a documento desde tu área privada. Los honorarios no incluyen las tasas administrativas.

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